miércoles, febrero 16, 2005

Derecho recogido en la Constitucion Española

Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas
pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo
con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las
plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.


Artículo 50
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente
actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo,
y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un
sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda,
cultura y ocio.

PDF Constitución

4 comentarios:

Anónimo dijo...

NO DICE NADA DE VIVIENDA EN PROPIEDAD, ASÍ QUE TODOS DE ALQUILER HASTA LA MUERTE

Manel dijo...

Soy de la plataforma de afectados por la hipoteca de Terrassa me ha gustado tu post del articulo 47 y 50 de la constitución, estamos organizando una acción reivindicativa sobre STOP desahucios, alquileres sociales, y temas relacionados con toda la problemática de las hipotecas etc etc voy a redirigir en un escrito que estoy realizando un lingc para que puedan de modo rápido leer estos artículos no los borres ¿ok? nuestro blog es hipotecados Terrassa y facebook igual podrás seguirnos y a lo mejor ayudarnos haciendo aportaciones GRACIAS. lenam2022@hotmail.com

Anónimo dijo...

Anónimo1
Eso es una falacia. Tampoco dice nada de alquiler ni de pagar. Simplemente que tenemos derecho a una vida digna y que el Estado debe encargarse de proporcionarla.

josé luis dijo...

Lamentablemente lo que dice la constitución es que los españoles tenemos derecho a adquirir una vivienda digna en condiciones no especulativas, siendo el estado el garante de velar porque no haya especulación en el mercado inmobiliario, y que la comunidad participara de las plusvalias que genere la actuación de los entes públicos, en materia de vivienda, entiendo. La verdad es que es una gran decepción leer este artículo, pues siempre he pensado que algo tan importante como es disponer de una vivienda, de un techo, estaba garantizado por nuestra constitución, y tras leer el artículo 47 veo que no, un engaño más al que nos tienen sometidos. Dentro de unas horas deshaucian a una familia con 3 menores en mi misma calle, la sensación es amarga, porque dada la situación podríamos ser cualquiera, y ni la constitución española puede protegerles, ni la fiscalia de menores actuará, ¡que pena de pais, lo que es y sin embargo lo que nos quieren vender que es!