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Artículo 47 de la Constitucion Española Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
3 comentarios:
Si yo compro acciones en bolsa para venderlas más caras, me arriesgo a que bajen.
Si compro un piso para venderlo más cara, me arriesgo a que baje.
Además, mi demanda fomenta la construcción de pisos. Si yo no los compro por 80 kilos, la consecuencia NO es que los compras tú por 30 kilos.
La consecuencia es que el constructor NO CONSTRUYE.
Si el que produce harina se une con todos los productores de harina y deciden congelar la mitad. Venderan el pan al doble y el año que viene no les hara falta producir harina te venderán la otra mitad otra vez al doble o incluso más.
Si los ricos compran toda la harina y la retienen. Los productores produciran más harina pero mientras pasa eso los ricos podrán vender el pan más caro. Cuando se produzca tanta harina que los ricos no puedan comprarla y retenerla en sus almacenes la harina bajara de precio y los productores y ricos que almacenan harina se arruinaran.
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